viernes, 11 de mayo de 2012

Ley de Derecho Propietario “Poseedores” podrán legalizar sus viviendas sin documentación

a Ley de Derecho Propietario, establece en el artículo 2, que las personas puedan acceder a la regularización de propiedades sólo con ser poseedores, sin necesidad de contar con los títulos de propiedad correspondientes, observó el diputado por Convergencia Nacional (CN), Roy Moroni.

La presidenta de la cámara de Diputados, Rebeca Delgado, afirmó que la norma es para “regularizar” y no se refiere al proceso de adquisición de propiedades. La norma fue aprobada ayer, en detalle en la Cámara Baja y pasa a partir de hoy al Senado.

El artículo 2 de la normativa cita: “La finalidad de la presente Ley es la de regularizar legal y técnicamente el derecho propietario de aquellas personas que sean poseedores beneficiarios de bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, tengan o no títulos de propiedad registrados en oficinas de Derechos Reales”.

El diputado Moroni afirmó que la posesión está establecida en el Código Civil y este artículo indica los “poseedores” pueden ser beneficiarios con bienes inmuebles urbanos.

“No se ha considerado mi propuesta de evitar la venta y dejar el derecho a la sucesión hereditaria, para que no se trafique con la tierra ni los bienes inmuebles”, indicó Moroni.

Por otro lado, cuestionó la “buena fe” implícita en la normativa debido a que se estaría legalizando la compra de inmuebles sin que tengan el patrimonio consolidado.

“Esto va a fomentar asentamientos, preposiciones territoriales y mayores litigios y aquí estamos ante posibles enfrentamientos”, señaló.

Por otro lado, el diputado Franz Choque (CN), hizo referencia a la delimitación del radio urbano, (artículo 4) el cual debe hacerse bajo la regulación de una Ley de Unidades Territoriales.

“En el marco de lo dispuesto en el numeral 15, Parágrafo II del Art. 299 de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Autónomos Municipales deberán cumplir los siguientes preceptos a efectos de la presente Ley: Aprobar la delimitación de su área o radio urbano en un plazo a determinarse en Decreto Supremo, de acuerdo a las características de cada Municipio”.

Asimismo, la normativa establece la prohibición de regularizar más un bien inmueble urbano, caso contrario el actor será pasible a sanciones pecunarias determinadas en Decreto Supremo. (artículo 10)

Durante la sesión parlamentaria, la presidenta de la cámara de Diputados, Rebeca Delgado (MAS), respondió al legislador de oposición, asegurando que en la Ley no estaba en debate la forma de adquirir una propiedad, sino una regularización a inmuebles que tienen errores en el registro de Derechos Reales.

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