miércoles, 23 de mayo de 2012

Regularización de derecho propietario durará 6 meses

El trámite para obtener el certificado de derecho propietario sobre un inmueble durará como máximo seis meses, de acuerdo al proyecto de Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda.

La norma será tratada hoy en la Cámara de Senadores y prevé que sea promulgada el 5 de junio en Cochabamba.

El jefe de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Senadores, Eugenio Rojas, aseguró que una vez que la ley entre en vigencia “todo el trámite de regularización que se haga en oficinas de Derechos Reales y en los municipios deberá durar como máximo seis meses; de lo contrario, los trabajadores de ambas instituciones serán sancionados tal como dice la propuesta”.

El presidente de la Federación de Juntas Vecinales de La Paz, Jaime Vera, apuesta por la norma y prevé que los trámites se agilizarán. Dijo que muchos vecinos se quejan de lo burocráticas que resultan algunas gestiones en dichas instituciones.

El proyecto de ley, elaborado por la Confederación Nacionales de Juntas Vecinales de Bolivia, busca que las personas que viven por más de cinco años en una propiedad -tiempo anterior a la promulgación de la norma-, puedan regularizar su derecho propietario sobre un espacio que consideren suyo y así lo demuestren.

“Para que la gente no se aproveche y haga construir su casa en menos de lo que canta un gallo, habrá un control social de la junta de vecinos, es decir que se irá a la casa y se verificará con la gente que vive en el lugar si efectivamente el solicitante es vecino”, explicó Vera.

Pero el control social no sólo se realizará a los vecinos, sino a los municipios y a Derechos Reales, acotó el dirigente.

El 26 de marzo, la propuesta de ley fue presentada a la Asamblea Legislativa por el presidente Evo Morales, la misma fue tratada por la Cámara de Diputados y hoy entra a Senadores, según lo confirmó Rojas.

En tanto, Vera anunció que la propuesta de ley será promulgada por el Ejecutivo el 5 de junio, en la ciudad de Cochabamba.

Más de la norma
Artículo 6 Los jueces públicos en materia civil deben, además de las competencias jurisdiccionales otorgadas por ley, conocer y resolver en primera instancia las acciones judiciales relativas a la regularización del derecho propietario.


Artículo 10 Queda prohibido regularizar más de un bien inmueble urbano destinado a vivienda, caso contrario el actor será pasible a sanciones.


Disposición Todo avasallamiento o asentamiento ilegal será sancionado conforme al artículo 351 del Código de Procedimiento Penal.

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