miércoles, 26 de junio de 2013

Los deudores de viviendas podrán renegociar intereses

Los prestatarios de vivienda del sistema financiero serán los primeros beneficiados de la nueva ley de servicios financieros cuyos 548 artículos ya fueron aprobados en la Cámara de Diputados y que fue remitida a la Cámara de Senadores.

La norma permitirá la renegociación de las ‘deudas viejas’ con los nuevos intereses que fije la ASFI, confirmó el viceministro de de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén.

Para dimensionar el beneficio, solo entre la banca (788.219) y los fondos financieros privados (699.458) de Bolivia hay casi 1,5 millones de prestatarios en las diferentes categorías (vivienda, consumo, comercial y pyme).

“Aquí habrá una selección adversa que se llama, porque la gente que hoy tiene sus créditos en el sistema y de pronto las tasas bajan, van a tener la posibilidad de irse a otro banco o renegociar con su banco porque tendrán las otras alternativas en la propia banca”, refirió Guillén y aclaró que la regulación de tasas alcanza a los créditos de vivienda y de producción y no así a los créditos comerciales y de consumo.

El artículo 59 del proyecto señala: “Las tasas de interés activas serán reguladas por el Órgano Ejecutivo mediante decreto, estableciendo para los financiamientos destinados al sector productivo y Vivienda de Interés Social límites máximos dentro de los cuales las entidades financieras podrán pactar con sus clientes”.

El presidente de la Comisión de Planificación Económica, Javier Zabaleta, explicó que para el caso de los créditos productivos rige el mismo procedimiento, aunque recordó que en este momento existe muy poco interés de la banca en ese sector y por tanto los clientes son menos que los de vivienda.

Multas y sanciones

El artículo 86 del proyecto refiere: “Los bancos no podrán modificar unilateralmente los términos y condiciones pactados en los contratos de operaciones de intermediación financiera y de servicios complementarios, salvo que dicha modificación beneficie al Consumidor Financiero”.

Otros beneficios

Zabaleta también dijo que la creación del seguro del ahorrista y el Fondo de Garantía garantizarán la devolución de recursos. Para el prestatario del sistema financiero se brindará una sola clase de contrato con las entidades

Se cambiaron 138 artículos de la ley

Dos grupos, el “estado rector del sistema financiero” y el de “las entidades financieras privadas”, son los dos capítulos de la ley de servicios financieros que más cambios sufrieron cuando la norma era tratada en la Comisión de Planificación Económica.

Según el documento oficial, el título IV ‘de las entidades financieras privadas’, fue el que más cambios incorporó con 40 artículos de 202 en total que tiene este título; mientras que en el capítulo de ‘el Estado rector del sistema financiero’ fueron cambiados 36 artículos a pedido de los banqueros.

La reunión de los banqueros con el presidente Evo Morales arrojó cambios en otros 16 artículos que fueron implementados en el pleno del hemiciclo y que fue plasmado en un acuerdo entre Gobierno y empresarios.

Artículos neurálgicos

El rector de la economía (art. 7)
Será, el Consejo de Estabilidad Económica y ya no el Ministerio de Economía, como decía la ley.

Las tasas a dos sectores (art. 59)
La regulación de tasas solo alcanza a los sectores de vivienda y de producción.

Sectores favorecidos (art. 67)
El Ejecutivo no podrá incorporar a otros sectores que los fijados en la ley.

CAP favorable
El Coeficiente de Adecuación Patrimonial (CAP) alcanzará un máximo del 12%.

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