La vida en comunidad se ha ido haciendo cada vez más difícil. En Bolivia como en el mundo, los expertos señalan que existe menos vida de barrio que en décadas pasadas.
Según algunos investigadores, esto se debe a que las familias se han acostumbrado a recluirse en sus hogares sin oportunidades ni espacios para interactuar con los vecinos, perdiendo el contacto, el sentido de pertenencia y la compañía de los amigos del barrio.
Lamentablemente, por no conocer a los vecinos resulta difícil resolver los problemas que naturalmente se producen en comunidad, como son los ruidos en el día aún más por la noche.
Antes que nada, hay que tener en cuenta que para las normas los conflictos entre vecinos son generalmente incomodidades o molestias normales que se dan en la vida en común y que deben ser soportadas para permitir la convivencia.
Sólo cuando esas incomodidades pasan el límite de lo tolerable es cuando entran a jugar las acciones legales.
Por lo mismo, cuando se tienen problemas con un vecino, la primera reacción debe ser reflexiva: ¿Estaré siendo exagerado? La respuesta a esta pregunta siempre va a depender de distintas circunstancias: es distinto si es la primera vez que siente un ruido de fiesta en casa de su vecino a si las fiestas y el ruido tienen lugar todos los días de la semana y hasta altas horas de la noche.
En todo caso, es difícil darse cuenta del límite entre lo tolerable y lo intolerable, por eso, para actuar con criterio es recomendable compartir las opiniones con el resto de la familia o, si se puede, con otros vecinos.
En segundo lugar, si después de pensarlo toma la terminación de hacer algo, considere la posibilidad de hablar cara a cara con su vecino. La mayoría de las veces se puede tener una conversación en la que probablemente note que su vecino ni siquiera esté consciente del problema.
Incluso pueden tomarse acuerdos sin tener que recurrir a policía o tribunales; en caso de fiestas, se pueden fijar fechas y horarios compatibles.
La calma y la creatividad podrían permitir llegar a soluciones aceptables en que ambas partes estén dispuestas a ceder. Si recibe una respuesta negativa, deje abierta la puerta de su amabilidad, nunca sabe cuándo su vecino puede recapacitar.
Ante un fracaso en la conversación cara a cara, algunos recomiendan comunicarse con el vecino por escrito: describir la situación y exponer sus argumentos hacen más convincente su posición y puede generar una actitud más receptiva. Si después de haber intentado solucionar el conflicto por su cuenta no ha encontrado salida a los problemas de vecindad, existen otras vías disponibles, expulsión mediante la policía y junto a los vecinos.
Además, hay que considerar que los dueños de los departamentos también son responsables de las molestias que provoquen sus arrendatarios, razón por la cual el dueño del inmueble va a ser también responsable de las multas.
Esta situación ha llevado a algunos a afirmar que los contratos de arrendamiento tienen un incentivo implícito de arrendar el inmueble a personas que puedan mantener buenas relaciones con los vecinos, aunque muchas veces es simple teoría o postura engañosa de los alquileristas o anticresistas.
Sin llegar a esos extremos, las molestias causadas por otros vecinos es una de las quejas más frecuentes de los que viven en comunidad.
El proceso que se debe seguir para acabar con ellas es relativamente sencillo en teoría, aunque en la práctica suele hacerse más cuesta arriba. Para actuar contra el vecino indeseable, el presidente del edificio, condominio u otros, debe avisarle de la molestia en cuestión y pedirle expresamente el cese de estas actividades. Si el infractor persiste en su conducta, el presidente puede denunciarle en el juzgado de primera instancia, pero para ello debe contar con la autorización del resto de vecinos, que tendrán que haberse reunido previamente en junta extraordinaria y aprobar el inicio de las acciones legales correspondientes.
MOTIVOS DE DENUNCIA
Las quejas más frecuentes se producen por ruidos, vibraciones y humos, aunque en este tipo de denuncias la casuística es muy variada. Otras de las molestias que pueden motivar una acción legal son el almacenamiento de sustancias peligrosas, los malos olores -procedentes, por ejemplo, de un bar con una instalación de ventilación inadecuada-, o los negocios gravosos para la comunidad, como las clínicas o las academias (por la afluencia de gente en las escaleras o el ascensor), siempre que se demuestre que son un verdadero problema para los vecinos. Sin embargo, los límites de la legalidad no siempre son fáciles de establecer.
El ruido es, además del motivo de la mayoría de quejas, el único con unos límites claros en la legislación. La ley establece en locales públicos y que por cierto es ensordecedor, que el nivel de ruido no podrá pasar de 75 decibelios durante el día de 8:00h a 21:00 horas ni de 85 decibelios por la noche.
Asimismo, la realización de obras, que deben contar siempre con la aprobación municipal, está prohibida fuera del horario diurno. También aclara que, para ser delito, los excesos deberán ser continuados, por lo que nadie puede ser denunciado por una noche de fiesta hasta cierto horario prudente.
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