Mostrando entradas con la etiqueta Hipotecas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Hipotecas. Mostrar todas las entradas

sábado, 11 de abril de 2015

Crédito permite hipotecar más de una vez el mismo terreno

El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, aclaró ayer que las personas pueden hipotecar por más de una vez sus terrenos, con la condición de que el nuevo crédito bancario sea destinado a la construcción de una primera vivienda sobre la misma superficie hipotecada.

Según Guillén, el programa de vivienda social que impulsa actualmente el Gobierno, establece la "integralidad" de la unidad familiar, es decir, la adquisición de un único terreno y su estructura física habitacional.

"Si se tiene un terreno y aunque esté hipotecado y se quiere construir sobre ese terreno, no está cambiando tu unidad familiar, estás teniendo la misma unidad familiar. Por lo tanto, por más que esa unidad familiar tenga dos hipotecas, no cambia. Si tienes que hacer la segunda hipoteca, o si tienes que hacer la tercera hipoteca para construir un piso más, no hay problema", informó.

CONFUSIÓN A su juicio, los bancos "han confundido a la población" cuando "les dicen que la segunda hipoteca no va".

Insistió en que el programa de vivienda de interés social se creó para financiar la casa única, y dijo que eso significa el terreno y la construcción.

El último año se beneficiaron más de 9.000 familias con créditos de vivienda social, de las cuales, un 56 por ciento adquirió casas con un valor menor a los 72.000 dólares.

Guillén dijo que la meta para este año es beneficiar a más de 15.000 familias con créditos de vivienda de interés social, que significará un desembolso bancario superior a los 800 millones de dólares, incluidos los préstamos sin cuota inicial.

sábado, 22 de febrero de 2014

Las viviendas hipotecadas no podrán ser usadas de garantía



La vigente Ley de Servicios Financieros indica que el propietario que tenga deudas en entidades financieras y haya comprometido su inmueble como aval de crédito, no podrá hipotecar su casa para garantizar el préstamo de un anticresista, informó la Asoban.

“La norma exige que cualquier crédito de vivienda, puede ser la compra de una vivienda o la contratación de un anticrético, debe tener la primera hipoteca de garantía del inmueble del que se está comprando o dando en anticrético.” explicó el viernes el secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos.

El viernes, La Razón publicó que para acceder al crédito de vivienda de interés social destinado al financiamiento de un anticrético, el propietario del bien inmueble debe hipotecar su casa para garantizar el préstamo del anticresista, según la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).

De acuerdo con la directora de la fiscalizadora, Lenny Valdivia, esto “tal vez está un poco dificultando el financiamiento para el crédito del anticrético, pues para garantizar el crédito se necesita la aquiescencia del propietario del bien inmueble, quien tiene que hipotecar su bien inmueble para que el anticresista en todo caso pueda beneficiarse del crédito; eso por supuesto es la garantía”. El ejecutivo de Asoban, en respuesta a la consulta sobre el caso específico de los anticréticos, dijo que mientras el financiamiento que se vaya a solicitar cumpla con los términos que establece la norma, son operaciones crediticias “perfectamente válidas”.

“La figura del anticrético es una interesante alternativa para acceder a una vivienda. Los anticréticos son operaciones que siempre han tenido cabida en el sistema bancario, siempre se han realizado operaciones”, añadió.

El 10 de enero, la Asfi aprobó la Resolución 013/2014 que modifica el Reglamento de Operaciones de Crédito de Vivienda sin Garantía Hipotecaria debidamente garantizada, y la Evaluación y Calificación de la Cartera de Créditos. Sin embargo, el artículo 2 se refiere al destino que debe tener el crédito hipotecario, y no hace mención al préstamo para anticrético.

viernes, 21 de febrero de 2014

Propietarios deben hipotecar su casa para el crédito de anticrético



En el marco de la nueva Ley de Servicios Financieros, para acceder al crédito de vivienda de interés social destinado al financiamiento de un anticrético, el propietario del bien inmueble debe hipotecar su casa para garantizar el préstamo del anticresista, informó ayer la Asfi.

En una entrevista con radio Patria Nueva, la directora ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Lenny Valdivia, recordó ayer que el crédito de vivienda de interés social con tasas de interés mínimas y máximas, también alcanza para los anticréticos, y entre los requisitos está el que no se tenga una vivienda registrada, que el préstamo para este caso no sea para fines comerciales, y que el interesado demuestre la capacidad de pago.

“Tal vez está un poco dificultando el financiamiento para el crédito del anticrético, pues para garantizar el crédito se necesita la aquiescencia del propietario del bien inmueble, quien tiene que hipotecar su bien inmueble para que el anticresista en todo caso pueda beneficiarse del crédito, eso por supuesto es la garantía”, señaló la representante de la Asfi.

Evaluación. Argumentó que la mayoría de las entidades financieras tiene la tecnología adecuada para atender estos requerimientos de financiamiento; sin embargo, dijo que se debe evaluar, en particular, la capacidad de pago del prestamista para que cumpla con los pagos.

El 10 de enero, la Asfi aprobó la Resolución 013/2014 que modifica el Reglamento de Operaciones de Crédito de Vivienda sin Garantía Hipotecaria debidamente garantizada, y la Evaluación y Calificación de la Cartera de Créditos. No obstante, el artículo 2 de esta resolución, que se refiere al destino que debe tener el crédito hipotecario, no hace mención al préstamo para anticrético.

En este punto específico se indica que el destino de los créditos hipotecarios de vivienda de interés social serán para la adquisición de terreno para la construcción de vivienda; compra de vivienda individual o en propiedad horizontal; construcción de vivienda individual, y para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o en propiedad horizontal (edificio).

El parágrafo VI, artículo 4 del Decreto 1842, establece que “los créditos otorgados para anticrético de vivienda cuyo valor no supere los valores máximos establecidos para Vivienda de Interés Social, podrán computar para efectos de los niveles mínimos de cartera de Vivienda de Interés Social establecidos”.

El 27 de enero de este año, en la firma del convenio Decisión de Ejecución del Programa Fiscal-Financiero 2014 con el Banco Central de Bolivia (BCB), el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, advirtió a las entidades financieras que serán sancionadas si rechazan las solicitudes para los anticréticos de vivienda. Solicitó a la población que presente su queja directamente ante las Oficinas de Defensa del Consumidor Financiero o en esa cartera de Estado.

“La normativa, tanto del espíritu de la ley (de Servicios Financieros) como del Decreto Supremo (1842) que hemos sacado el año pasado, apuntan no solamente al tema de vivienda, de compra de departamentos y casas, sino al tema de préstamos para anticréticos”, resaltó Arce.

Obligación, deuda y entidades

Documento

La hipoteca es un derecho real de garantía, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo).

Disposición

El artículo 4 del Reglamento para Operaciones de Crédito de Vivienda de Interés Social señala que la garantía de crédito hipotecario de vivienda de interés social, debe ser la misma del destino del crédito y encontrarse hipotecada en primer grado en favor de la Entidad de Intermediación Financiera (EIF) (donde acudió).

Póliza de desgravamen tiene vigencia rápida

El seguro de desgravamen en caso de que la persona que accedió al crédito de vivienda de interés social fallezca, entra en vigencia a partir de la primera cuota que ésta canceló para esta tener esa póliza, y en este caso la deuda queda automáticamente pagada, sostuvo la gerente general del Banco Unión SA, Marcia Villarroel.

“Desde el primer día que te entregamos tu crédito y pagas tu cuota (para la póliza), ésta ya está incorporada en el seguro de desgravamen, entonces entra en vigencia a partir de la primera cuota”, señaló el miércoles tras una entrevista en radio Patria Nueva, donde habló de los alcances del crédito de vivienda de interés social.

Respecto a la vigencia de la póliza, la directora ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Lenny Valdivia, explicó ayer a La Razón que “desde el momento en que el seguro de desgravamen ampara un crédito está vigente la cobertura”. El miércoles, Valdivia añadió que este seguro no está incluido en la tasa de interés fijada para este tipo de créditos, y que no es obligatorio, sino recomendable.

En base a las declaraciones del ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, este diario informó el miércoles que las deudas de los créditos de vivienda de interés social ya no son heredadas, por lo que si fallece el prestatario, las entidades financieras deben ejecutar la obligación y el bien inmueble pasa a los herederos.

“Si el titular fallece, la deuda queda automáticamente pagada y la vivienda queda para los herederos o para quien queda, eso está previsto y la ley (de Servicios Financieros) obliga al sistema financiero ahora a licitar públicamente las empresas de seguro, ya no más con los amiguitos; ese costo le pasaban al cliente, ahora ya no”, destacó.


viernes, 27 de diciembre de 2013

Banca está abierta a renegociar intereses de deudas hipotecarias

El sistema financiero nacional está abierto a renegociar las tasas de interés de créditos contratados de vivienda de interés social.

“Si como toda norma rige a partir de su publicación, pero para los casos de viviendas de interés social, la gente que tenga un crédito contratado con entidades financieras obviamente puede acudir a la entidad y plantear la revisión de las condiciones de contratación de su crédito", explicó ayer el secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos.

Según lo señaló la semana pasada el ministro de Economía, Luis Arce, al presente unas 100.000 personas que accedieron a una vivienda de interés social podrían renegociar sus deudas hipotecarias contratadas antes de la aprobación del decreto que establece tasas de interés diferenciadas dependiendo del valor de la vivienda tipificada de "interés social".

APERTURA

“Este es un tema que siempre ha estado abierto en las entidades bancarias y ahora aún más con el decreto que establece que todas aquellas personas que ya tienen un crédito contratado pueden renegociar las condiciones de su tasas de interés en el marco de los términos establecidos en el decreto supremo”. agregó el directivo.

REVISIÓN DE TASAS

Respecto de esa disposición, precisó que "los bancos están abiertos a revisar las condiciones de los créditos y en el caso de que algunos clientes no tengan las condiciones no lo podrán hacer. No es en realidad una obligación de los bancos para operaciones realizadas en el pasado, es decir ampara los créditos otorgados con anterioridad al decreto, pero sí pueden revisarlo y en caso de que algún cliente no pueda acceder a la modificación de las tasas de interés está en la libertad de buscar este crédito en otra entidad bancaria", manifestó.

RECOMPRA DE CARTERA

Asoban abrió de esta manera la posibilidad de proceder con la recompra del crédito a cargo de otras entidades del sistema que estarían interesadas en este tipo de transacciones. "Así es, esa posibilidad siempre está abierta”, sostuvo. Recordó que en el decreto emitido por el Gobierno la semana pasada, “se han establecido niveles del 60 por ciento de la cartera directa total con crédito para vivienda social, lo que abrirá la competencia en las entidades bancarias para colocar con mayor énfasis en este tipo de cartera”, puntualizó.

CONDICIONES

El Directivo de Asoban manifestó que "los créditos para vivienda social van a continuar bajo las mismas condiciones de trámite aplicadas hasta hoy, la única diferencia es que en función de la norma, los créditos establecidos para fijar la tasa de interés serán otorgados siguiendo su valor comercial, lo que significa para esto se debe realizar un avalúo técnico en base a un dictamen de un perito independiente que valorará el bien desde el punto de vista comercial.

VALOR COMERCIAL

Villalobos explicó que ese valor determinará la tasa de interés aplicable, es decir, si la vivienda tiene un valor comercial de hasta 70.000 dólares (el interesado) se hará acreedor a una tasa de 5.5 por ciento y de ser mayor hasta 100.000 y 120.000 dólares, la tasa aplicable será entonces de 6 y 6.5 por ciento,respectivamente. “En todos los casos deberá intervenir un perito y de acuerdo al valor se podrá recurrir a peritos independientes”, sostuvo Villalobos. Aclaró que es importante tener en cuenta este aspecto y señaló que la documentación legal tiene que ser previamente verificada con la información existente en la oficina de Derechos Reales y en las alcaldías.

CUOTA DE ARRANQUE

Respecto de la cuota de arranque del 20 por ciento para préstamos nuevos el directivo indicó que esta situación depende de la política de cada entidad bancaria. “Unas entidades establecen aportes propios que fluctúan entre el 20 al 30 por ciento del valor del inmueble, dependiendo también si tienen ahorro. Todo esto depende a la política de cada entidad bancaria”, insistió el Secretario Ejecutivo de la entidad privada.

miércoles, 10 de julio de 2013

Otorgarán créditos de hasta Bs 68.600 sin garantía hipotecaria

Con una nueva resolución, la ASFI amplió de 65.000 a 68.600 bolivianos la posibilidad de que los usuarios accedan a créditos de vivienda sin el respaldo de una garantía hipotecaria.

El 6 de octubre de 2011, Página Siete informó que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero -mediante la resolución 693/2011- había autorizado a las entidades financieras canalizar créditos de vivienda hasta un límite de 65.000 bolivianos (casi 10.000 dólares) sin necesidad de hipotecar el bien inmueble.

Ahora, con la resolución 406/2013, el monto sube en 3.600 bolivianos, aplicable desde este mes. Los créditos pueden estar dirigidos a construcción de vivienda individual y a la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o departamento.

Además, “el crédito de vivienda sin garantía hipotecaria no podrá exceder (...) los 48 meses plazo”, es decir cuatro años, dice la norma vigente desde el 5 de julio.

La ASFI justifica el ajuste en el incremento en los costos de construcción. Además, la medida busca incentivar este tipo de financiamiento y “reducir las tasas de interés que las entidades financieras fijan actualmente para esta modalidad de créditos”, precisa la entidad reguladora.

Sin embargo, hasta 2012 la cartera de créditos dirigidos a vivienda alcanzó a 1.961,4 millones de dólares, de los que sólo 74,2 millones de dólares (3,7%) se canalizaron sin garantía hipotecaria, de acuerdo con datos publicados en la Memoria de la Economía Boliviana 2012 del Ministerio de Economía.

Necesidad de garante

En algunos casos, la entidad financiera puede exigir, después de considerar la capacidad de pago de cada postulante, que el crédito de vivienda esté “debidamente garantizado”. En este caso, el interesado debe presentar un garante personal para obtener el préstamo.

Los préstamos hipotecarios en general, en todo el sistema financiero, a mayo de este año ascienden a 2.092 millones de dólares.

Requisitos

Para otorgar los créditos sin garantía de un bien inmueble, la entidad financiera debe evaluar la situación financiera del prestatario y que éste demuestre con documentos su capacidad de pago y situación patrimonial.

En el caso de las personas asalariadas, el pago mensual de la deuda e intereses no debe superar el 25% del ingreso mensual de una persona (o de ambos integrantes de la pareja, si se encuentra casada).

Además, la ASFI aclara que las entidades financieras que canalicen este tipo de financiamiento deben efectuar un seguimiento al destino del crédito a los seis meses de haberlo otorgado.

Una vez aprobada la nueva Ley de Servicios Financieros, el Estado boliviano regulará las tasas de interés para los préstamos dirigidos a la vivienda.

domingo, 19 de mayo de 2013

Tiempo real para acceder a su crédito hipotecario

La aprobación bancaria de un crédito hipotecario para poder cumplir con el sueño de tener una casa propia, no alcanza. Se depende de otras instituciones, ajenas al sistema financiero, pero que son determinantes para que califiquemos y para que nuestro pedido sea aceptado.
Catastro, el registro civil, la municipalidad, notarios y abogados entran en esta cadena para determinar si uno puede contar con los recursos suficientes para captar un préstamo bancario. Aquí el detalle.


1 La promesa de la rápidez y de la seriedad
La atención esmerada y cordial de los ejecutivos de cuenta son el principal ‘gancho’ para captar el interés de las personas que buscan su crédito hipotecario. Los primeros datos que piden la entidad bancaria están referidos a la capacidad de pago del solicitante, a su estabilidad laboral y a su estado civil.

2 El control financiero en manos del banco
La verificación del certificado de trabajo, la antigüedad laboral, los aportes jubilatorios, el salario que uno cobra y el historial de pago de otros créditos, de acuerdo con los oficiales de créditos consultados, tarda entre diez y catorce días. Tiempo en que la entidad bancaria puede lograr el perfil financiero y laboral del solicitante.

3 Una aprobación solo parcial y no definitiva
Cuando un oficial de crédito le dice que al menos en dos semanas aprobarán sus papeles se trata de un tiempo parcial que no toma en cuenta el trabajo de las otras instituciones a las que el solicitante debe recurrir para verificar el estado legal de la propiedad que desea comprar.

4 Para conocer la situación legal de la vivienda
En este punto el banco requiere que los papeles de la propiedad estén debidamente registrados en Derechos Reales, por lo que se necesita un folio real o alodial con un máximo de antigüedad de un mes. En esta instancia el trámite demora hasta dos o tres días, que se puede extender a una semana para obtener el título de propiedad, que es otro de los requisitos que piden las entidades bancarias del país.

5 Comprobar el pago de impuestos
Obtener en el Servicio de Impuestos Nacionales un historial del pago de impuestos puede tardar entre uno y dos días.

6 El certificado catastral es la mayor traba
Obtener este documento es clave para tener el visto bueno del banco y justamente es ahí donde aparece el cuello de botella.
Contar con el mismo puede tardar hasta 15 días, siempre y cuando no encuentren algún error como la fecha de nacimiento o una letra que no corresponda con el carné de identidad del dueño de la casa a hipotecar.

7 Plano de ubicación y de uso de suelo
Estos papeles lo entrega el Plan Regulador del municipio y su trámite suele tardar una semana y se extiende un poco más si se pide el plano de la urbanización o condominio.

8 Cotización del inmueble a comprar
Es otro de los pedidos de los bancos para tener certeza de cuánto realmente deben prestarnos; en este punto el tiempo para obtener este documento va de los dos días hasta una semana.

9 Un trabajo en paralelo para acortar los tiempos
Conscientes de que obtener un crédito hipotecario no es tan fácil, los bancos buscan trabajar con los documentos parcialmente aprobados y ganan algo de tiempo



miércoles, 28 de marzo de 2012

La gente ya recibe créditos sin garantía hipotecaria

El año pasado, las entidades financieras canalizaron 24,6 millones de dólares como préstamos para vivienda sin garantía hipotecaria, gracias a una norma de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Según datos incluidos en la Memoria de la Economía Boliviana 2011, ése es el monto que se otorgó como crédito a las personas interesadas como parte de las reformas introducidas el año pasado en el ámbito de la regulación bancaria.

El 6 de octubre de 2010, Página Siete informó que la ASFI -mediante la resolución 693/2011 y circular 091/2011- autorizó a las entidades financieras a canalizar créditos de vivienda hasta un límite de 65.000 bolivianos (casi 10.000 dólares) sin necesidad de garantía hipotecaria.

La norma aclara que los recursos se otorgarán siempre y cuando sean destinados exclusivamente para a) construcción de vivienda individual y b) para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o que se encuentre en propiedad horizontal.

Además, remarca que “el crédito de vivienda sin garantía hipotecaria no podrá exceder el equivalente de 65.000 bolivianos y 48 meses plazo”, es decir, cuatro años.

El Ministerio de Economía señala que la normativa fue aprobada en el marco del incentivo a la actividad crediticia.

Aunque el monto canalizado no es muy significativo respecto a la cartera total o la destinada a la compra o construcción de casas, es una alternativa que tienen los clientes para acceder a un préstamo sin necesidad de entregar una garantía del bien inmueble o terreno.

Los créditos que se hicieron viables al sector de vivienda el año pasado alcanzaron a 1.639,9 millones de dólares, según los datos de la Memoria de la Economía Boliviana 2011.

Para que una persona asalariada acceda a financiamiento sin garantía hipotecaria, el servicio mensual de la deuda y sus intereses no deben comprometer más del 25% del promedio de los últimos tres meses del total ganado menos los descuentos de ley, o la suma de los salarios de la sociedad conyugal (matrimonio) cuando corresponda. En este cálculo se incluye el servicio de otras obligaciones directas.

Para las personas independientes, las entidades financieras deben evaluar la capacidad de pago e ingresos.

Más datos
Informe La cartera total del sistema financiero el año pasado alcanzó a 8.284 millones de dólares, un 26,2% más que en 2010.


Expansión El incremento de los préstamos, según el Gobierno, obedeció al crecimiento sostenido de la actividad económica .