sábado, 28 de septiembre de 2019

CIUDAD EL TRIUNFO, LO NUEVO DE CORPORACIÓN PENTÁGONO

Santa Cruz de la Sierra, septiembre de 2019.- En la zona Este de Santa Cruz de la Sierra, a 8 minutos de Cotoca, la Corporación Pentágono levanta un nuevo proyecto inmobiliario. Ciudad El Triunfo se alza bajo el concepto Smart Life, con todas las comodidades necesarias para que las familias tengan todos los servicios a su alcance y, por lo tanto, calidad de vida.

Ciudad El Triunfo es un proyecto desarrollado en 294 hectáreas, donde se construirán 6.000 viviendas y está concebida para cerca de 30.000 habitantes. Será más que una simple urbanización ya que contendrá en su interior una plaza principal, colegio, centro de salud, entidades públicas, comercios, restaurantes, seguridad, iglesia, así como áreas de esparcimiento y desarrollo humano.
A diferencia de otros proyectos, Ciudad El Triunfo, tiene un plan de consolidacion serio y bien planificado. Para su construcción utiliza tecnología alemana y en su primera fase ya cuenta con el 100% de sus vías de acceso interno y externo pavimentadas. Entre sus planes está la entrega de 300 viviendas durante los meses de marzo a junio de 2020.
Otro aspecto diferenciador de Ciudad El Triunfo es el diseño, para ello ha recuirrido a ciertos elementos icónicos y tradicionales, “El barro virtud y esencia de la región de Cotoca, a través de la mano del ser humano, se vuelve arte y TRIUNFO”. Desde esta perspectiva, cada edificación tendrá un alto valor arquitectónico.
Esta ciudad está dirigida a todas las familias que deseen vivir en la zona Este de Santa Cruz y que cuenten con un ingreso a partir de los Bs. 4.900 mensuales.
La constructora ofrece casas desde los USD 37.500 las mismas que pueden ser adquiridas mediante créditos bancarios hasta 30 años plazo.
La Corporación Pentágono, tiene 17 años de trayectoria a través de los cuales ha desarrollado 14 proyectos exitosos en Bolivia y 2 en Viña del Mar (Chile). La inversión para Ciudad El Triunfo está planificada a 5 años y son aproximadamente 250.000.000 de dólares los que se irán consiguiendo de manera paulatina y rotativa del sistema financiero. En este proyecto han participado mas de 150 profesionales y se estima que dará trabajo a unos 1.500 obreros de diferentes rubros de la construcción.
Ciudad El Triunfo, en primer lugar, pretende brindar a las familias un entorno adecuado de vivienda donde se cuente con los espacios necesarios para tener un nivel adecuado de vida, con todas las comodidades y servicios a su alcance, así también pretende ser un polo de desarrollo tanto del municipio como del departamento constituyéndose en una ciudad turística a mediano plazo.
El proyecto fue presentado en el Pabellón Inmobiliario de la 44 Feria Exposición de Santa Cruz (Expocruz 2019), en un exclusivo cóctel al que asistieron medios de comunicación, clientes e invitados especiales.

Datos del lanzamiento

Voceros: Rubén Darío Ortiz, presidente ejecutivo Corporación Pentágono y Álvaro Cuadros Subgerente general Corporación Pentágono
Inversión: $us. 250.000.000 planificado a 5 años
Precio de lanzamiento: Casas desde $us 37.500
Superficie: 294 hectáreas
Fuentes de empleo: 1.500
Viviendas: 6.000
Azafata: Daniela Ortiz Barboza
PR: Lola Group S.R.L.






viernes, 27 de septiembre de 2019

LEY N° 1222 - Quedan exentas del pago del Impuesto a las Transacciones – IT, las transmisiones onerosas de soluciones habitacionales unifamiliares, multifamiliares o complejos habitacionales, realizadas por el Fideicomiso AEVIVIENDA

LEY N° 1222
LEY DE 30 DE AGOSTO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 154 de 14 de julio de 2011, se constituyen en dominio tributario del nivel central del Estado, las transmisiones onerosas de bienes inmuebles efectuadas por Fideicomisos.
II.          En el marco de Régimen de Vivienda Social, quedan exentas del pago del Impuesto a las Transacciones – IT, las transmisiones onerosas de soluciones habitacionales unifamiliares, multifamiliares o complejos habitacionales, realizadas por el Fideicomiso AEVIVIENDA a través del Fiduciario.

DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.
I.            La Agencia Estatal de Vivienda – AEVIVIENDA, en el marco de sus programas y proyectos, podrá disponer o instruir la transferencia de soluciones habitacionales multifamiliares y complejos habitacionales en el área urbana bajo la modalidad de crédito, subsidio o mixto.
II.          La transferencia onerosa de soluciones habitacionales multifamiliares y complejos habitacionales en el área urbana, a favor de familias damnificadas o afectadas vulnerables por desastres y/o emergencias, declarados por los diferentes niveles de gobierno, se realizará bajo la modalidad de subsidio del noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento (99,99%) de acuerdo a la normativa de la AEVIVIENDA basada en los lineamientos del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
SEGUNDA. Las entidades públicas del nivel central del Estado, los Gobiernos Autónomos Municipales y los Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos, coadyuvarán con carácter prioritario, en los procesos de saneamiento técnico y legal de proyectos habitacionales promovidos en el marco del Régimen de Vivienda Social.

TERCERA.
I.            Las soluciones habitacionales que sean transferidas a título oneroso por el Fideicomiso AEVIVIENDA y requieran financiamiento, a dicho efecto, podrán acceder a créditos otorgados por Entidades de Intermediación Financiera para su adquisición, bajo las normas que rigen el Sistema Financiero para otorgación de créditos, pudiendo garantizar con la misma solución habitacional.
II.          En el marco de la Ley N° 602 de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos, las viviendas sociales que son transferidas por el nivel central del Estado a propietarios damnificados vulnerables por desastres y/o emergencias declarados por los diferentes niveles de gobierno, que hayan perdido su vivienda, podrán ser objeto de disposición en el marco de las normas civiles.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena Lopez, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana.

sábado, 21 de septiembre de 2019

GAMT - TRANSFERENCIA y USO de SUELO

Última actualización: 1/9/2018
Información actualizada por: GAMT - Gobierno Autonomo Municipal de Trinidad
Este trámite depende de: JEFATURA DE GESTIÓN URBANA
Horarios de atención tramite: 8:00 - 11:52 - 14:30 - 18:30
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30

Permite habilitar la documentación necesaria para el trámite ante Derechos Reales, logrando la propiedad legal sobre la tierra y vivienda.

¿Qué requisitos se necesitan?


UN Original y TRES Fotocopias del Testimonio de Propiedad inscrito en DDRR. O Certificado Alodial de DDRR. Con las fotocopias de los registros de Transferencia y Uso de Suelo y el Registro Catastral.
TRES originales y UNA Fotocopia de la Minuta o Documento de Transferencia.
La Minuta o documento debe tener un espacio vacío mínimo de Siete Centímetros ya sean al Final del Documento o al Principio.
CUATRO fotocopias del Carnet de Identidad (C.I.) del Vendedor y del Comprador.
UN Original y TRES Fotocopias del Plano de Ubicación (En caso de propiedades no urbanizadas el plano debe estar debidamente Georeferenciado, con coordenadas)
En caso de apoderado presentar Poder Original con 3 copias.
En caso de Procurador fotocopia de C.I. firmada por el Comprador Autorizado la Realización del trámite y fotocopia de este último (procurador)

El trámite tiene un costo variable.

El formulario de Transferencia y Uso de Suelo tiene una valor de 40 Bs.

¿Cómo se realiza este trámite?


PASO 1: Ingreso del trámite en Ventanilla Única.
PASO 2: Recepción, Ingreso al Sistema.
PASO 3: Ingreso a la Dirección de Registro Urbano para el pago del Impuesto Municipal a la Transferencia - IMT (Transferencias de Compra y Venta).
PASO 4: Revisión Técnica D.P.U.
PASO 5: Revisión del Asesor Legal D.P.U.
PASO 6: Llenado y Firma Técnica, del Formulario de Transferencia y Uso de Suelo.
PASO 7: Firma del Asesor Legal.
PASO 8: Firma del Jefe de Gestión Urbana.
PASO 9: Registro en el Sistema de la D. P. U.
PASO 10: Firma del Director de Planificación Urbana.
PASO 11: Registro Secretaria D. P. U.
PASO 12: Recepción, Sellado y Entrega del Trámite a la Dirección de Registro Urbano.

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 5 dias
Marco Legal:

Reglamentado según los Lineamientos del “Plan de Ordenamiento Urbano” – POU, aprobado por Ordenanza Municipal 209/2012.