miércoles, 2 de octubre de 2019

Gobierno subvencionará el 30% de las viviendas para jóvenes

El presidente Evo Morales anunció este miércoles que se implementará un programa que permita a jóvenes de entre 18 a 29 años tomar créditos para conseguir su primera vivienda con la particularidad de que los padres podrán garantizar el crédito, en caso de que el salario del joven no cumpla con algunos requisitos que impone la banca.

El mandatario explicó que una de las preocupaciones de las nuevas generaciones, al margen de conseguir una fuente de empleo, es el tema de cómo conseguir una vivienda, ante esta situación es que se vieron en la obligación de buscar una solución al tema.

“Vamos a implementar programas de créditos para jóvenes, de entre 18 a 29 años, donde sus padres pueden garantizar la primera vivienda cuando se trata de créditos, pero lo más importante, vamos a subsidiar el 30% de las viviendas”, indicó Morales.


El jefe de Estado explicó que esta iniciativa está sustentada en que hay normas de la banca que establece una serie de requisitos para dar un crédito, una de ella es la capacidad de endeudamiento que está relacionada con el salario que percibe el prestamista.

“He visto personalmente, era el debate que teníamos en el Gabinete, un papá no es asalariado, pero gana bien, tiene su restaurante, su agencia de cervezas, gana bien, pero por norma no puede garantizar a su hijo, ahora se ha decidido que sus padres puedan garantizar la primera vivienda, cuando se trata de crédito”, concluyó Morales.

sábado, 28 de septiembre de 2019

CIUDAD EL TRIUNFO, LO NUEVO DE CORPORACIÓN PENTÁGONO

Santa Cruz de la Sierra, septiembre de 2019.- En la zona Este de Santa Cruz de la Sierra, a 8 minutos de Cotoca, la Corporación Pentágono levanta un nuevo proyecto inmobiliario. Ciudad El Triunfo se alza bajo el concepto Smart Life, con todas las comodidades necesarias para que las familias tengan todos los servicios a su alcance y, por lo tanto, calidad de vida.

Ciudad El Triunfo es un proyecto desarrollado en 294 hectáreas, donde se construirán 6.000 viviendas y está concebida para cerca de 30.000 habitantes. Será más que una simple urbanización ya que contendrá en su interior una plaza principal, colegio, centro de salud, entidades públicas, comercios, restaurantes, seguridad, iglesia, así como áreas de esparcimiento y desarrollo humano.
A diferencia de otros proyectos, Ciudad El Triunfo, tiene un plan de consolidacion serio y bien planificado. Para su construcción utiliza tecnología alemana y en su primera fase ya cuenta con el 100% de sus vías de acceso interno y externo pavimentadas. Entre sus planes está la entrega de 300 viviendas durante los meses de marzo a junio de 2020.
Otro aspecto diferenciador de Ciudad El Triunfo es el diseño, para ello ha recuirrido a ciertos elementos icónicos y tradicionales, “El barro virtud y esencia de la región de Cotoca, a través de la mano del ser humano, se vuelve arte y TRIUNFO”. Desde esta perspectiva, cada edificación tendrá un alto valor arquitectónico.
Esta ciudad está dirigida a todas las familias que deseen vivir en la zona Este de Santa Cruz y que cuenten con un ingreso a partir de los Bs. 4.900 mensuales.
La constructora ofrece casas desde los USD 37.500 las mismas que pueden ser adquiridas mediante créditos bancarios hasta 30 años plazo.
La Corporación Pentágono, tiene 17 años de trayectoria a través de los cuales ha desarrollado 14 proyectos exitosos en Bolivia y 2 en Viña del Mar (Chile). La inversión para Ciudad El Triunfo está planificada a 5 años y son aproximadamente 250.000.000 de dólares los que se irán consiguiendo de manera paulatina y rotativa del sistema financiero. En este proyecto han participado mas de 150 profesionales y se estima que dará trabajo a unos 1.500 obreros de diferentes rubros de la construcción.
Ciudad El Triunfo, en primer lugar, pretende brindar a las familias un entorno adecuado de vivienda donde se cuente con los espacios necesarios para tener un nivel adecuado de vida, con todas las comodidades y servicios a su alcance, así también pretende ser un polo de desarrollo tanto del municipio como del departamento constituyéndose en una ciudad turística a mediano plazo.
El proyecto fue presentado en el Pabellón Inmobiliario de la 44 Feria Exposición de Santa Cruz (Expocruz 2019), en un exclusivo cóctel al que asistieron medios de comunicación, clientes e invitados especiales.

Datos del lanzamiento

Voceros: Rubén Darío Ortiz, presidente ejecutivo Corporación Pentágono y Álvaro Cuadros Subgerente general Corporación Pentágono
Inversión: $us. 250.000.000 planificado a 5 años
Precio de lanzamiento: Casas desde $us 37.500
Superficie: 294 hectáreas
Fuentes de empleo: 1.500
Viviendas: 6.000
Azafata: Daniela Ortiz Barboza
PR: Lola Group S.R.L.






viernes, 27 de septiembre de 2019

LEY N° 1222 - Quedan exentas del pago del Impuesto a las Transacciones – IT, las transmisiones onerosas de soluciones habitacionales unifamiliares, multifamiliares o complejos habitacionales, realizadas por el Fideicomiso AEVIVIENDA

LEY N° 1222
LEY DE 30 DE AGOSTO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 154 de 14 de julio de 2011, se constituyen en dominio tributario del nivel central del Estado, las transmisiones onerosas de bienes inmuebles efectuadas por Fideicomisos.
II.          En el marco de Régimen de Vivienda Social, quedan exentas del pago del Impuesto a las Transacciones – IT, las transmisiones onerosas de soluciones habitacionales unifamiliares, multifamiliares o complejos habitacionales, realizadas por el Fideicomiso AEVIVIENDA a través del Fiduciario.

DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.
I.            La Agencia Estatal de Vivienda – AEVIVIENDA, en el marco de sus programas y proyectos, podrá disponer o instruir la transferencia de soluciones habitacionales multifamiliares y complejos habitacionales en el área urbana bajo la modalidad de crédito, subsidio o mixto.
II.          La transferencia onerosa de soluciones habitacionales multifamiliares y complejos habitacionales en el área urbana, a favor de familias damnificadas o afectadas vulnerables por desastres y/o emergencias, declarados por los diferentes niveles de gobierno, se realizará bajo la modalidad de subsidio del noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento (99,99%) de acuerdo a la normativa de la AEVIVIENDA basada en los lineamientos del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
SEGUNDA. Las entidades públicas del nivel central del Estado, los Gobiernos Autónomos Municipales y los Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos, coadyuvarán con carácter prioritario, en los procesos de saneamiento técnico y legal de proyectos habitacionales promovidos en el marco del Régimen de Vivienda Social.

TERCERA.
I.            Las soluciones habitacionales que sean transferidas a título oneroso por el Fideicomiso AEVIVIENDA y requieran financiamiento, a dicho efecto, podrán acceder a créditos otorgados por Entidades de Intermediación Financiera para su adquisición, bajo las normas que rigen el Sistema Financiero para otorgación de créditos, pudiendo garantizar con la misma solución habitacional.
II.          En el marco de la Ley N° 602 de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos, las viviendas sociales que son transferidas por el nivel central del Estado a propietarios damnificados vulnerables por desastres y/o emergencias declarados por los diferentes niveles de gobierno, que hayan perdido su vivienda, podrán ser objeto de disposición en el marco de las normas civiles.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena Lopez, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana.

sábado, 21 de septiembre de 2019

GAMT - TRANSFERENCIA y USO de SUELO

Última actualización: 1/9/2018
Información actualizada por: GAMT - Gobierno Autonomo Municipal de Trinidad
Este trámite depende de: JEFATURA DE GESTIÓN URBANA
Horarios de atención tramite: 8:00 - 11:52 - 14:30 - 18:30
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30

Permite habilitar la documentación necesaria para el trámite ante Derechos Reales, logrando la propiedad legal sobre la tierra y vivienda.

¿Qué requisitos se necesitan?


UN Original y TRES Fotocopias del Testimonio de Propiedad inscrito en DDRR. O Certificado Alodial de DDRR. Con las fotocopias de los registros de Transferencia y Uso de Suelo y el Registro Catastral.
TRES originales y UNA Fotocopia de la Minuta o Documento de Transferencia.
La Minuta o documento debe tener un espacio vacío mínimo de Siete Centímetros ya sean al Final del Documento o al Principio.
CUATRO fotocopias del Carnet de Identidad (C.I.) del Vendedor y del Comprador.
UN Original y TRES Fotocopias del Plano de Ubicación (En caso de propiedades no urbanizadas el plano debe estar debidamente Georeferenciado, con coordenadas)
En caso de apoderado presentar Poder Original con 3 copias.
En caso de Procurador fotocopia de C.I. firmada por el Comprador Autorizado la Realización del trámite y fotocopia de este último (procurador)

El trámite tiene un costo variable.

El formulario de Transferencia y Uso de Suelo tiene una valor de 40 Bs.

¿Cómo se realiza este trámite?


PASO 1: Ingreso del trámite en Ventanilla Única.
PASO 2: Recepción, Ingreso al Sistema.
PASO 3: Ingreso a la Dirección de Registro Urbano para el pago del Impuesto Municipal a la Transferencia - IMT (Transferencias de Compra y Venta).
PASO 4: Revisión Técnica D.P.U.
PASO 5: Revisión del Asesor Legal D.P.U.
PASO 6: Llenado y Firma Técnica, del Formulario de Transferencia y Uso de Suelo.
PASO 7: Firma del Asesor Legal.
PASO 8: Firma del Jefe de Gestión Urbana.
PASO 9: Registro en el Sistema de la D. P. U.
PASO 10: Firma del Director de Planificación Urbana.
PASO 11: Registro Secretaria D. P. U.
PASO 12: Recepción, Sellado y Entrega del Trámite a la Dirección de Registro Urbano.

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 5 dias
Marco Legal:

Reglamentado según los Lineamientos del “Plan de Ordenamiento Urbano” – POU, aprobado por Ordenanza Municipal 209/2012.

sábado, 17 de agosto de 2019

GAMC - VISADO de ANTEPROYECTO de URBANIZACION

Última actualización: 11/5/2019
Información actualizada por: GAMC - Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba
Este trámite depende de: UNIDAD DE URBANISMO Y TRAMITES ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTE ALA SUB ALCALDIA Y DIRECCION DE URBANISMO Y SERVICIOS MUNICIPALES
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30

Tramite a realizar cuando se requiere urbanizar un terreno de su propiedad con superficie mayor a 1300 m2, con carácter previo al diseño de los planos definitivos del proyecto de urbanización, debe solicitar al G.A.M.C. la visación de los planos del anteproyecto.

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Valorados municipales

2. Título(s) de propiedad registrado en Derechos Reales a nombre del actual propietario, fotocopia legalizada por la Sub Alcaldía a la que corresponde el predio (En caso de estar matriculado, acompañar Folio Real)

3. Tasa de visación de anteproyecto

4. Impuestos al día Proforma del sistema RUAT que evidencie el no adeudo tributario

5. Plano de levantamiento topográfico geo referenciado firmado y sellado por un Topógrafo o profesional acreditado

6. Plano de Anteproyecto, tres ejemplares en papel bond y 1 copia digital en formato CAD), firmado y sellado por el Arquitecto

7. Fotocopia C.I. vigente del o los propietarios

8. Fotocopia C.I. vigente del o los propietarios

9. Tasa de visación de anteproyecto: terreno plano m2

10. Terreno con pendiente m2 (cobro del total del terreno en m2

11. Inspección
El trámite tiene un costo variable.

1. Valorados municipales, Derecho de admisión de trámite 27 Bs

2. Título(s) de propiedad registrado en Derechos Reales a nombre del actual propietario, fotocopia legalizada por la Sub Alcaldía a la que corresponde el predio (En caso de estar matriculado, acompañar Folio Real) Timbre 10Bs

3. Tasa de visación de anteproyecto Tasa de visación de anteproyecto 0.05Bs/m2

4. Impuestos al día Proforma del sistema RUAT que evidencie el no adeudo tributario

5. Plano de levantamiento topográfico geo referenciado firmado y sellado por un Topógrafo o profesional acreditado

6. Plano de Anteproyecto, tres ejemplares en papel bond y 1 copia digital en formato CAD), firmado y sellado por el Arquitecto

7. Fotocopia C.I. vigente del o los propietarios

8. Fotocopia C.I. vigente del o los propietarios

9. Tasa de visación de anteproyecto: terreno plano m2, 0.05 Bs/m2

10. Terreno con pendiente m2 (cobro del total del terreno en m2, 0.08 Bs/m2.

11. Inspección 20 Bs

¿Cómo se realiza este trámite?


El ciudadano se apersona a la Subalcaldia adjuntando todos los requisitos para la revisión técnica y legal por parte del abogado y arquitecto de urbanismo de su distrito
Revisión, recepción y registro de los requisitos y asignación de numero de tramite
El profesional (Abogado) realiza la verificación de la documentación legal en lo que concierne al Registro en Derechos Reales si corresponde al Derecho Propietario, emite un Informe Legal y deriva al topógrafo,
El Topógrafo programa la fecha y hora de la inspección junto con el ciudadano; realizada la inspección, verifica medidas y limites definidos (estacas, muros y otros) ubicación del predio, elabora el informe topográfico; firma y deriva al profesional (Arquitecto).
El profesional (Arquitecto), recepciona el informe del Topógrafo, el informe legal, y los requisitos; revisa los resultados de la inspección, tomando en cuenta los planos generales, distritales y sectoriales y normativa vigente, elabora y entrega la boleta de liquidación al ciudadano por servicios técnicos municipales, y por el derecho de visado; posteriormente remite a Secretaria de Servicio al Ciudadano
Recepciona y deriva a la Direccion de Urbanismo, para la aprobación del plano estructural previa revisión y VoBo por el Jefe del Departamento de Gestion Urbana y territorial para luego ser derivado a Ventanilla Única de la Subalcaldia.
El Responsable de caja verifica el monto a pagar y el motivo del pago, revisando si corresponde al trámite que está realizando para su cobro emitiendo un comprobante de pago. Debiendo adjuntar el mismo al trámite correspondiente.
Una vez que exista la conformidad de la Direccion de Urbanismo y Servicios Municipales, verificación y entrega de comprobante de pago por parte del contribuyente al profesional (arquitecto), imprime el informe técnico sella y firma, adjunta la documentación y remite al Jefe de División.
Revisa el informe técnico, sella y firma, posteriormente remite al subalcalde para firme de aprobación.
Revisa, sella, firma y deriva a Ventanilla Única
El responsable de Ventanilla Única recepciona la carpeta donde se encuentra toda la documentación, revisa la documentación para hacer la entrega al ciudadano (previa firma en el libro de trámites del ciudadano como constancia de su conformidad en la entrega del trámite) y envía la documentación a archivos para su resguardo y respaldo de la Subalcaldia


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 90 dias
Marco Legal:

OM Nº 1061/91 - Reglamento General de Urbanizaciones
OM Nº 4100/10 - Reglamento Complementario a la Normativa Urbana
OM Nº 2636/01 – Reglamento General de Administración Municipal Urbano – Rural del Distrito Nº 9
OM Nº 3157/04 – Reglamento para la regularización de asentamientos del Distrito Nº 9
OM Nº 1128/92 – Tasas de servicios técnicos prestados por las Unidades de Desarrollo Urbano, Planificación y otros.
OM Nº 2315/1999 – Valores municipales para la legalización de fotocopias de planos aprobados y otros documentos técnicos de Catastro.
DE Nº 001/2013 – Atribuciones y competencias de Sub Alcaldías

Puede realizar este trámite en línea: http://www.cochabamba.bo/

Información del trámite: http://www.cochabamba.bo/

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: https://play.google.com/store/apps/details?id=bo.tramitesco.chabamba&hl=es