miércoles, 10 de julio de 2013

Otorgarán créditos de hasta Bs 68.600 sin garantía hipotecaria

Con una nueva resolución, la ASFI amplió de 65.000 a 68.600 bolivianos la posibilidad de que los usuarios accedan a créditos de vivienda sin el respaldo de una garantía hipotecaria.

El 6 de octubre de 2011, Página Siete informó que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero -mediante la resolución 693/2011- había autorizado a las entidades financieras canalizar créditos de vivienda hasta un límite de 65.000 bolivianos (casi 10.000 dólares) sin necesidad de hipotecar el bien inmueble.

Ahora, con la resolución 406/2013, el monto sube en 3.600 bolivianos, aplicable desde este mes. Los créditos pueden estar dirigidos a construcción de vivienda individual y a la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o departamento.

Además, “el crédito de vivienda sin garantía hipotecaria no podrá exceder (...) los 48 meses plazo”, es decir cuatro años, dice la norma vigente desde el 5 de julio.

La ASFI justifica el ajuste en el incremento en los costos de construcción. Además, la medida busca incentivar este tipo de financiamiento y “reducir las tasas de interés que las entidades financieras fijan actualmente para esta modalidad de créditos”, precisa la entidad reguladora.

Sin embargo, hasta 2012 la cartera de créditos dirigidos a vivienda alcanzó a 1.961,4 millones de dólares, de los que sólo 74,2 millones de dólares (3,7%) se canalizaron sin garantía hipotecaria, de acuerdo con datos publicados en la Memoria de la Economía Boliviana 2012 del Ministerio de Economía.

Necesidad de garante

En algunos casos, la entidad financiera puede exigir, después de considerar la capacidad de pago de cada postulante, que el crédito de vivienda esté “debidamente garantizado”. En este caso, el interesado debe presentar un garante personal para obtener el préstamo.

Los préstamos hipotecarios en general, en todo el sistema financiero, a mayo de este año ascienden a 2.092 millones de dólares.

Requisitos

Para otorgar los créditos sin garantía de un bien inmueble, la entidad financiera debe evaluar la situación financiera del prestatario y que éste demuestre con documentos su capacidad de pago y situación patrimonial.

En el caso de las personas asalariadas, el pago mensual de la deuda e intereses no debe superar el 25% del ingreso mensual de una persona (o de ambos integrantes de la pareja, si se encuentra casada).

Además, la ASFI aclara que las entidades financieras que canalicen este tipo de financiamiento deben efectuar un seguimiento al destino del crédito a los seis meses de haberlo otorgado.

Una vez aprobada la nueva Ley de Servicios Financieros, el Estado boliviano regulará las tasas de interés para los préstamos dirigidos a la vivienda.

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