miércoles, 25 de diciembre de 2013

La banca aún no aplica las nuevas tasas para los créditos de vivienda



A partir del lunes entró en vigencia el decreto supremo que reglamenta las tasas de interés para los préstamos de vivienda de interés social. Sin embargo, en siete entidades financieras que visitó La Razón aún no se aplicaba la nueva disposición emitida por el Órgano Ejecutivo.

Los funcionarios consultados por este matutino arguyeron que no contaban con el instructivo correspondiente para orientar a la población sobre la nueva disposición. En uno de los bancos se indicó que la aplicación de la normativa se dará recién a partir del 2 de enero de 2014. En otra se señaló que se había congelado cualquier desembolso para este tipo de préstamos hasta nuevo aviso.

El Decreto 1842, que regula uno de los aspectos clave de la Ley de Servicios Financieros, se aprobó el miércoles en el gabinete ministerial y ayer fue publicado en la Gaceta Oficial. El viernes, el ministro de Economía, Luis Arce, dijo que la norma entraría en vigencia a más tardar el lunes.

El domingo, el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, indicó a La Razón que las personas que tienen un crédito de vivienda, y que cumplan con los requisitos establecidos en la norma, “ya pueden pasar por las entidades bancarias a renegociar” su préstamo. También ratificó que desde el lunes se deberían aplicar las nuevas tasas.

Los nuevos parámetros para la otorgación de un préstamo de vivienda fijan una tasa de interés máxima de 6,5%. El crédito tampoco debe exceder los $us 125.000 por la compra, refacción o anticrético de una casa.

En un recorrido que hizo este medio por cinco bancos y dos microfinancieras de la ciudad de La Paz, se pudo corroborar que el personal de estas entidades financieras no tenía conocimiento de los alcances de la disposición legal y tampoco se aplicaban las nuevas tasas de interés.

Vigencia. Sin embargo, el secretario Ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos, dijo que a partir de la publicación de la norma en la Gaceta Oficial ésta debe entrar en vigencia en los bancos. “En el transcurso del día (lunes) debe ser publicada oficialmente en la gaceta y, a partir de su publicación, tendría que entrar en vigencia”, manifestó a La Razón.

En el recorrido realizado por este medio, algunos oficiales de crédito informaron que el instructivo determinará cuándo será aplicada la norma. Otros indicaron que éste entrará en vigencia en la siguiente gestión.

En una de las entidades, un empleado dijo que en la actualidad los créditos y desembolsos de préstamos fueron congelados hasta que entre en vigencia el decreto supremo.

El Ministerio de Economía calcula en unos 100.000 prestatarios los que podrán renegociar sus contratos de crédito para vivienda social con las nuevas tasas de interés anual, que fluctúan hasta un máximo de 6,5%.

También indica que las personas que tengan un salario bajo destinarán un mayor porcentaje de sus ingresos al pago del servicio de su deuda. Actualmente, las entidades otorgan un crédito de vivienda con el pago de una cuota de hasta el 25% sobre el total ganado. Para definir estos límites, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) debe emitir la reglamentación, precisó a este medio el viceministro Mario Guillén.

La Asfi y las normas a emitirse

Sanciones

En el reglamento de tasas de interés para vivienda social se indica que el incumplimiento al régimen de tasas de interés y a los niveles mínimos de cartera establecidos en la norma será sancionado conforme lo establecido en el régimen de sanciones de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).

Salario

Otra de las normas que debe sacar la Asfi está referida al porcentaje que debe destinar mensualmente cada trabajador para el pago del servicio de su deuda. Actualmente es del 25% (máximo).

Asoban alerta sobre renegociación de créditos

El secretario Ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos, advirtió que la renegociación de las tasas de interés para los créditos de vivienda otorgados con anterioridad a la aprobación de la norma afectará la rentabilidad de sus afiliados.

“Estamos hablando de un stock importante (de créditos) de la cartera de vivienda de interés social que tendrían que adecuarse al requerimiento de los prestatarios a las tasas fijadas por el Gobierno; eso redunda en que se va a afectar la rentabilidad de los bancos”, declaró ayer a La Razón.

El decreto supremo fija una tasa de interés máxima del 5,5% para una casa de hasta 255.000 UFV (Bs 483.875). La tasa para préstamos hasta 380.000 UFV (Bs 721.069) será del 6% y hasta 460.000 UFV (Bs 872.873) no deberá exceder del 6,5%. El cálculo en moneda nacional se hizo con base en la cotización de la UFV del lunes.

Actualmente, la tasa de interés anual para un crédito de vivienda fluctúa entre 8% y 11,5% en el sistema financiero nacional. En estos porcentajes está incluida la Tasa de Referencia (TRe), que ya no será tomada en cuenta con la nueva normativa.

Según las entidades bancarias, su rentabilidad se vio afectada desde 2012 luego de que el Gobierno aprobara dos normas. La primera tiene que ver con la aplicación de un impuesto a la venta de moneda extranjera y la segunda, con la imposición de una tasa adicional del 12,5% al Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

En este último caso, el Presupuesto General del Estado (PGE) 2012 dispone que cuando la rentabilidad sobre el patrimonio de las entidades financieras sobrepase el 13%, éstas deberán cancelar una alícuota adicional del 12,5% sobre el IUE del 25%.

No hay comentarios:

Publicar un comentario