Si es del tipo de personas que busca en qué invertir su dinero, una gran oportunidad es en la compra de bienes inmuebles a través de remates judiciales, así lo asegura el economista Marcelo Núñez y lo confirma el abogado, especialista en materia civil, Víctor Vargas. Ambos profesionales nos advierten que este tipo de modalidad para hacer trabajar su dinero presenta ventajas, como desventajas.
A favor. Entre las ventajas más importantes de comprar un bien inmueble (casa, lote o departamento) a través de un remate, es que el precio es mucho más bajo. "Es decir, la oferta que se hace en el remate es en base al precio catastral y no al comercial", explicó el economista Marcelo Núñez. Según explicó este profesional, el precio catastral es el que el propietario del inmueble brinda a la Alcaldía, mientras que el precio comercial es el que realiza el especialista en avalúo a través de la verificación in situ del lugar.
El precio catastral depende de la versión del dueño, pero el comercial es lo real, según las características de construcción, el material del que está hecho y los años de antigüedad que tenga.
"En muchos casos, la diferencia entre el precio catastral y el comercial puede ser hasta el cincuenta por ciento (50%)", aclaró Núñez.
Desventajas. Como no todo es color rosa, el adquirir un bien inmueble a través de remates o subastas públicas tiene sus contras, entre los más graves es que la casa, lote o departamento esté en manos de terceras personas que no hayan sido reconocidas legalmente y en lugar de comprar un bien, compren un problema legal.
La segunda desventaja es que para conseguir algo propio por este medio es que se debe contar con el dinero en efectivo. "Porque para ingresar a la subasta como un postor se debe realizar el depósito de un veinte por ciento (20%) del monto base por el que empieza el remate", apuntó el abogado Víctor Vargas.
En el peor de los casos, otra de las desventajas es que no le agrade el inmueble o que se encuentre en malas condiciones.
Dónde y cuándo hay remates. Según el jurista, los remates se dictan desde los estrados judiciales, en aquellos donde se ventilan procesos administrativos sobre deudas y se pone de garantía un bien inmueble. "El juez, luego del debido proceso, emite su fallo para el remate de bienes, con ello el acreedor puede cobrar el préstamo fruto de la venta del inmueble por la subasta", precisó. Es por ello que los remates se hacen en el juzgado mismo, en la oficina del secretario, en el Palacio de Justicia.
Las convocatorias son lanzadas en medios impresos, donde indican la fecha, hora e incluso dan a conocer el monto base por el que se subastará el inmueble para que los postores depositen el 20%, como muestra de interés. Cabe mencionar que, en caso de realizarse esta actividad en las provincias, la convocatoria a remate se puede hacer mediante medios radiales.
Para asistir al acto de remate solo se necesita la boleta del depósito del 20% más el carnet de identidad del postor.
"Es recomendable conocer bien el monto base por el que comenzará la subasta y hasta cuánto puede ofrecer el postor", resaltó el economista.
Asimismo, ambos profesionales coincidieron al indicar que como precaución es bueno verificar in situ el bien inmueble o investigar en las oficinas de Derechos Reales, sobre su inscripción.
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