Hoy, la Cámara Alta tratará el proyecto de “Ley general de las Personas adultas mayores” que tienen como fin regular los derechos, garantías y deberes de las personas adultas mayores, así como la institucionalidad para su protección, además de garantizarles algunos beneficios como el acceso a una vivienda de interés social.
El artículo cinco plantea la libertad personal en todas sus formas, el acceso a vivienda de interés social, la provisión de alimentación suficiente que garantice condiciones de salud, priorizando a las personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad, la práctica de actividades recreativas y de ocupación social, otorgando para ello la infraestructura, equipamiento y los recursos necesarios para su sostenibilidad, la incorporación al desarrollo económico productivo, de acuerdo a sus capacidades y posibilidades y la promoción de la forma técnica alternativa y superior.
Asimismo, se plantea incluir en los planes y programas del Sistema Educativo Plurinacional contenidos temáticos de fortalecimiento, valoración y respeto a las personas adultas mayores, el acceso a la educación mediante los procesos formativos de los subsistemas de Educación Alternativa y Especial y Educación Superior de formación profesional.
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