jueves, 12 de marzo de 2015

¿Qué es un crédito para vivienda social?

Iniciar los trámites para acceder a un crédito de vivienda social resulta complicado y engorroso, debido a que el interesado muchas veces no sabe por dónde empezar para conseguir los documentos exigidos por las entidades bancarias, al margen de ubicar el inmueble que espera adquirir. Aquí algunos aspectos a tomar en cuenta para solicitar un crédito de vivienda social:



¿Qué es el crédito de vivienda social?

Es una modalidad de préstamo dispuesta por el Gobierno mediante la Ley N° 393 de Servicios Financieros. El crédito es otorgado por las entidades financieras y está destinado a las familias que no cuentan con una vivienda propia; que requieren financiamiento para comprar una casa, departamento o un lote para vivienda.

Mediante el Decreto Supremo 1842, de 18 de diciembre de 2013, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas estableció el régimen de tasas de interés máximas y mínimas para el financiamiento de vivienda de interés social.

La Ley de Servicios Financieros define a la vivienda de interés social como aquella única vivienda sin fines comerciales cuyo valor comercial o costo final de construcción (incluido el terreno) no supere UFV400.000 si es un departamento o UFV460.000 si es una casa.

El programa de crédito y subsidio de Vivienda Social y Solidaria tiene por objetivo reducir el déficit habitacional cuantitativo en el país.



¿Cuáles son límites de las tasas de interés?

Las tasas máximas establecidas en el Decreto Supremo 1842 se aplican para todos los créditos destinados a la adquisición de vivienda, construcción, mejoramiento, refacción y anticrético de vivienda, cuyo valor no exceda de UFV400.000 si se trata de un departamento o de UFV460.000 si se trata de una casa.

Las tasas de interés para estos créditos, con relación a los habituales, tienen un límite que oscila entre el 5,5 por ciento (mínimo) y 6,5 por ciento (máximo), desde la primera hasta la última cuota. Es decir, se anula las tasas indexadas a la variación de la Tasa de Referencia (TRe).



CARACTERÍSTICAS

- El préstamo es en bolivianos

- Destinado a personas naturales.

- Para financiar la compra, refacción o remodelación, construcción y ampliación de vivienda.

- El crédito para anticrético de vivienda no debe superar el valor máximo establecido para vivienda de interés social.

- Bajas tasas de interés.

- Amplio plazo para el pago del crédito.

- Cuotas ajustadas a la capacidad de pago.



¿Quiénes pueden acceder a crédito?

Todas aquellas personas que tengan interés en comprar, refaccionar, construir o ampliar su casa o departamento que:

- No cuenten con ninguna vivienda.

- La vivienda a adquirir no tenga fines comerciales.

- Tengan una fuente de ingresos, para demostrar su capacidad de pago.

- Que encuentren una casa, departamento o terreno, cuyo costo no exceda los límites fijados para su condición de social: 400.000 UFV para departamento (unos $us 110.000), 460.000 UFV para vivienda (unos $us 126.500) y 184.000 UFV, para terreno (unos $us 50.600).

- Que no tengan en su expediente juicios o conflictos por mora en pago a las entidades financieras.



¿Cuáles son las limitantes para acceder al crédito?

El tema salarial es la principal limitante para muchos de los solicitantes para acceder al crédito de vivienda social, debido a que su bajo salario en base al que se calcula su capacidad de pago y el incremento de precios que han sufrido los inmuebles.

Otra limitante es la ubicación de las viviendas, si ésta se encuentra en área agrícola o fuera de la mancha urbana, no pueden servir como garantía y el préstamo es negado, debido que el inmueble a adquirir se convierte en garantía y es hipotecado.


Requisitos

1. Previo a la solicitud formal del crédito. Constatar que su capacidad de préstamo le permite comprar un departamento, casa o terreno; identificar la vivienda o terreno que desea adquirir, acordar el precio con el propietario, y verificar que la propiedad tenga documentos en orden.

2. Avalúo técnico de la vivienda a ser adquirida. Determinará el valor comercial del inmueble, éste no debe superar los 400.000 UFV para departamento (unos $us 110.000), 460.000 UFV para vivienda (unos $us 126.500) y 184.000 UFV, para terreno ($us 50.600).

3. Este avalúo es realizado por empresas seleccionadas por la entidad financiera y tiene un costo promedio de 300 a 400 bolivianos que paga el cliente. En algunos casos, como el Banco Unión, la financiera corre con ese gasto.

Certificado de no propiedad o Certificado negativo, emitido por Derechos Reales. El trámite es personal o con poder notarial. El interesado debe apersonarse con su carnet de identidad original y vigente, más dos fotocopias del mismo, a cualquiera de las oficinas registrales del país, a una ventanilla “Fast”. El costo del certificado es de 100 bolivianos.

4. Documentos del inmueble. La vivienda a comprar debe contar con documentos legales que habiliten una primera hipoteca, los mismos que deberán ser facilitados por los vendedores:

5. De los solicitantes. Justificar con documentos los ingresos y capacidad de pago del prestatario, su cónyuge y garante según corresponda. No tener deudas vencidas, en ejecución o castigadas.


¿Dónde solicitar el crédito?

La Autoridad de Supervisión de Sistemas Financieros (ASFI) en su página web publica la lista de entidades de intermediación financiera con licencia de funcionamiento. En el listado están las entidades bancarias, las cooperativas y mutuales de ahorro y crédito que están autorizadas para realizar actividades financieras a nivel nacional y local, es decir, recibir ahorros y otorgar créditos.

De acuerdo al Decreto Supremo 1842, todas las entidades financieras que cuentan con licencia de funcionamiento otorgada por la ASFI están obligadas a otorgar créditos de vivienda de interés social con las tasas máximas o menores establecidas en la normativa.

El cliente que reciba una negación por parte de la entidad financiera por razones distintas a la capacidad de pago, podrá presentar su reclamo ante la ASFI.

La ASFI aplicará sanciones a las entidades financieras que no cumplan con la normativa.

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