martes, 28 de enero de 2014

Bancos serán sancionados si no otorgan créditos para anticrético



El Ministerio de Economía advirtió a las entidades financieras que serán sancionadas si rechazan las solicitudes para los anticréticos de vivienda. Pidió a la población que presente su queja directamente ante las Oficinas de Defensa del Consumidor Financiero o en esa cartera de Estado.

El titular de ese ministerio, Luis Arce Catacora, explicó el lunes que la población podrá elevar su reclamo si la entidad financiera no le quiere otorgar un préstamo para anticrético, el cual está establecido en el decreto reglamentario sobre las tasas de interés para vivienda social.

“La normativa, tanto del espíritu de la Ley (de Servicios Financieros) como del Decreto Supremo (1842) que hemos sacado el año pasado, apuntan no solamente al tema de vivienda, de compra de departamentos y casas, sino también al tema de préstamos para anticréticos”, subrayó el ministro Arce en la firma del convenio Decisión de Ejecución del Programa Fiscal-Financiero 2014 con el Banco Central de Bolivia (BCB).

El 21 de agosto de 2013, el presidente Evo Morales promulgó la Ley de Servicios Financieros en reemplazo de la Ley de Bancos y Entidades Financieras. Una de las reglamentaciones, el Decreto Supremo 1842, fue aprobada el 18 de diciembre. Esta norma fija una tasa de interés anual máxima de hasta el 6,5% para el crédito de vivienda de interés social.

El 10 de enero, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) aprobó la Resolución 013/2014 que modifica el Reglamento de Operaciones de Crédito de Vivienda sin Garantía Hipotecaria debidamente garantizada, y la Evaluación y Calificación de la Cartera de Créditos. El artículo 2 de esta resolución, que se refiere al destino que debe tener el crédito hipotecario, no hace mención al préstamo para anticrético.

En este punto específico se indica que el destino de los créditos hipotecarios de vivienda de interés social serán para la adquisición de terreno para la construcción de vivienda; compra de vivienda individual o en propiedad horizontal; construcción de vivienda individual; y para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o en propiedad horizontal (edificio).

No obstante, el parágrafo VI, artículo 4 del Decreto 1842, establece que “los créditos otorgados para anticrético de vivienda cuyo valor no supere los valores máximos establecidos para Vivienda de Interés Social, podrán computar para efectos de los niveles mínimos de cartera de Vivienda de Interés Social establecidos”.

Solvencia. El 19 de enero, la directora de la Asfi, Lenny Valdivia, explicó que la población que quiera acceder a créditos con las nuevas tasas de interés social deberá demostrar la capacidad de pago del préstamo.

A los seis meses de la adquisición del crédito, la entidad financiera realizará una evaluación de los recursos entregados para ver que el crédito tenga la finalidad que el prestatario indicó y no existan irregularidades.

Añadió que la capacidad de pago tendrá variación, por lo que la entidad financiera debe hacer una evaluación individual. “No se puede realizar un parámetro en la evaluación de la capacidad de pago”, aclaró Valdivia y añadió que el crédito es importante, porque contribuye a que las personas mejoren su calidad de vida.

El 11 de enero, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas informó que las entidades financieras ya están renegociando y otorgando nuevos préstamos para la vivienda con las nuevas tasas de interés aprobadas.

Los créditos sin garantía hipotecaria

Las personas no asalariadas podrán acceder a créditos de vivienda de interés social sin garantía hipotecaria, según la Reglamentación 013/2014 de la Asfi. Esta normativa, en la sección 3 artículo 3°, señala que la entidad financiera podrá otorgar un préstamo de estas características a personas independientes.

Pago del crédito de vivienda

Las personas dependientes que demuestren el pago de alquileres durante un año como mínimo y quieran acceder a un crédito de vivienda social, podrán destinar hasta el 45% de su salario para amortizar el préstamo y, dependiendo de sus ingresos, podrán reducir el plazo de pago, informó Valdivia el 19 de enero.

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