lunes, 20 de abril de 2015

Sepa cómo acceder al crédito de vivienda social sin el aporte inicial



Tras la aprobación del decreto que pone en vigencia la otorgación de créditos de vivienda social sin cuota inicial, La Razón le presenta una guía para solicitar este tipo de préstamo en el sistema de intermediación financiera. Las tasas de interés y las sanciones para las entidades financieras que incumplan con la otorgación de este tipo de créditos también están incluidas en esta nota.

1. ¿Qué es el crédito de vivienda de interés social sin que el prestatario dé la cuota inicial para el préstamo?

Es la vivienda que puede ser financiada por una entidad de intermediación financiera, con tasas menores o iguales a las que estableció el Gobierno mediante Decreto Supremo 1842. Las tasas son del 5,5%; 6% hasta 6,5%, dependiendo del monto a prestarse.

A partir del Decreto Supremo 2137, las entidades financieras no exigen el aporte propio para estas viviendas, gracias a los fondos de garantía creados en el marco del citado decreto y de la de Servicios Financieros. Esta norma define a la vivienda de interés social como aquella única vivienda sin fines comerciales cuyo valor comercial o costo final de construcción (incluido el terreno) no supere las 400.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) si es un departamento, y 460.000 UFV si es una casa.

2. ¿Para qué casos se aplica este crédito de vivienda de interés social sin la cuota inicial? ¿Es solo para comprar una casa o qué más?

Los créditos de vivienda de interés social sin aporte propio pueden ser destinados para la compra de una casa, departamento, un terreno, para la construcción, remodelación y refacción.

3. ¿Por qué ahora la gente puede acceder a un crédito de este tipo sin dar la cuota inicial? ¿Cómo era antes la situación para los clientes?

Ahora la gente puede acceder a este tipo de créditos gracias a la Ley de Servicios Financieros, que permitió la emisión del Decreto Supremo 2137, que dispone la creación de fondos de garantía destinados a garantizar hasta el 20% correspondiente al aporte propio de los prestatarios que deseen acceder a un crédito de vivienda de interés social. Con esta garantía, un banco puede financiar el 100% de la vivienda.

Antes, con la antigua Ley de Bancos 1488, una persona que deseaba financiar una vivienda tenía que contar con el 20% de aporte propio, es decir que si se quería financiar una casa de $us 50.000 tenía que contar con $us 10.000 que le permita cubrir el 20% del aporte propio.

4. Tengo entendido que los bancos deben destinar un porcentaje de sus utilidades para el fondo de garantía que garantice los préstamos de este tipo y para que el usuario no pague la cuota inicial. ¿Es así?

El Gobierno dispuso que como función social los bancos múltiples y bancos pymes destinen el 6% de sus utilidades netas a la conformación de fondos de garantía para beneficiar a aquellas personas que no cuentan con el aporte propio requerido al momento de solicitar el crédito y permitan garantizar hasta el 50% (del préstamo) para aquellos microcréditos y créditos pyme destinados al sector productivo.

5.¿Cuáles son las tasas de interés establecidas y hasta qué topes se puede acceder a un crédito de vivienda de interés social?

La Ley de Servicios Financieros está orientada a beneficiar a los consumidores financieros y poner un alto a los abusos que cometían los bancos con la población. En ese sentido, se regulan las tasas de interés para la otorgación de créditos de vivienda de interés social en función del valor de la vivienda. (Ver cuadro abajo).

6. ¿Cuáles son los requisitos y garantías que necesita una persona para acceder al crédito de vivienda de interés social?

Los principales requisitos para acceder al crédito de vivienda de interés social son los siguientes:

• El prestatario debe demostrar capacidad de pago.

• El solicitante de un crédito no debe contar con vivienda propia y el préstamo a acceder deberá financiar una unidad familiar.

• La vivienda no debe tener fines comerciales.

• El valor comercial de la vivienda no debe superar las 400.000 UFV para departamentos y 460.000 UFV para casas.

7. ¿Para este año cuánto deben destinar los bancos para la conformación del fondo de garantía para créditos de vivienda de interés social?

En cumplimiento a la función social establecida por la Ley de Servicios Financieros, los Bancos Múltiples destinaron el 6% de sus utilidades netas para la conformación de los fondos de garantía para créditos de vivienda de interés social sin cuota inicial.

8. ¿A cuántas familias que soliciten crédito de vivienda de interés social se prevé que beneficiará el dinero que destinarán los bancos para la conformación de fondos de garantía?

Gracias a la conformación de los fondos de garantía se estima que aproximadamente 15.000 familias podrán acceder a una vivienda sin necesidad de contar con aporte propio.

9. ¿Qué pasa si la entidad financiera no quiere dar créditos con las tasas fijadas por decreto?

Las entidades financieras que no cumplan con el régimen de tasas de interés y los niveles mínimos de cartera serán sancionadas conforme a lo establecido en el régimen de sanciones de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).

10. ¿Qué pasa si las entidades financieras no cumplen con el porcentaje de cartera para dar el crédito de vivienda de interés social?

Las entidades financieras que incumplan los porcentajes de cartera para vivienda de interés social serán sancionadas severamente, pudiendo incluso ser sujetas a que se les restrinjan otros tipos de crédito, con el fin de garantizar el cumplimiento.

11. ¿Qué plazo tienen los bancos para cumplir con los porcentajes mínimos de carteras para el crédito de vivienda y créditos al sector productivo?

Los bancos múltiples y bancos pyme cuentan con un plazo de cinco años y las entidades financieras de vivienda (antes mutuales) con cuatro años.

Para ambos casos el plazo corre a partir de la publicación del Decreto Supremo 1842 del 18 de diciembre de 2013. Es decir, en el caso de los bancos les restan aproximadamente cuatro años y tres para las entidades financieras de vivienda. Asimismo, con el fin de monitorear periódicamente el cumplimiento de estos porcentajes de cartera, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas estableció metas anuales que deben cumplir las entidades financieras.

12. ¿Nos puede dar tres ejemplos de diferentes tipos de salario para que las personas puedan acceder al crédito de vivienda de interés social? (Los salarios pueden ser de Bs 3.000, Bs 5.000 o Bs 10.000).

Como ejemplo del financiamiento que puede ser otorgado según el ingreso familiar a personas que actualmente viven en alquiler, se tienen los siguientes datos aproximados para un crédito de 20 años y con tasas de interés. (Ver cuadro arriba). Si el plazo del crédito se incrementa a 30 años, la cuota disminuye, lo que permite que el valor de la vivienda a financiarse pueda ser mayor.

13. ¿Cuánto debe pagar el usuario por la transacción del crédito de vivienda de interés social? ¿Es gratuita esta transacción o hay algún porcentaje que pagar? ¿Qué otros papeles se debe presentar y realizar para este préstamo?

El trámite del crédito de vivienda de interés social en una entidad financiera no tiene costo con la misma. El prestatario debe acreditar que la vivienda a financiar es su única vivienda, razón por la que se debe presentar a la entidad financiera el “Certificado de No Propiedad” que asciende a Bs 100. (Esto lo debe obtener en las oficinas de Derechos Reales de su ciudad donde reside).

A su vez, el usuario debe cumplir con los trámites regulares de transferencia de propiedad, como el pago al Impuesto Municipal a la Transferencia, el costo de inscripción en Derechos Reales, los gastos notariales y en algunas entidades financieras debe realizar el pago del avalúo de la vivienda.

14. ¿Qué requisitos se necesitan para acceder a un crédito de vivienda social para un anticrético? ¿Es igual en todos los bancos o qué dice la norma?

Los requisitos de acceso mínimos establecidos por la normativa de la Asfi son los siguientes:

• El contrato de anticrético debe estar instrumentado mediante documento público y encontrarse debidamente inscrito en el registro correspondiente.

• El usuario debe estar en estado vigente en el sistema financiero nacional y no reportar antecedentes de mora.

• El plazo del contrato del préstamo no debe superar el plazo de contrato del anticrético

• El prestatario, el cónyuge (si corresponde) y el garante deben demostrar la capacidad de pago.

15. ¿Si tiene información para añadir respecto a este tema puede compartirla?

Es importante recordar a la población que el acceso a los fondos de garantía para vivienda de interés social, que permite a una persona financiarse con el 100% del valor de la vivienda, no tiene costo para el cliente, gracias a que en el marco de la Ley de Servicios Financieros se estableció que la función social de los bancos múltiples fue la de constituir estos fondos con el 6% de sus utilidades de la gestión 2014.

Además es importante resaltar que los fondos de garantía para el caso de los bancos pymes tienen como función garantizar hasta el 50% de las operaciones de microcrédito y crédito pyme destinadas al sector productivo, que es otro sector de la economía que el Gobierno busca impulsar.

Datos

Una misma casa puede tener 2 hipotecas, según el Ejecutivo

Las personas pueden hipotecar dos veces una misma vivienda porque lo importante es la capacidad de pago que se tenga, aseguró el 7 de abril el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén. “Si esa casa tiene dos hipotecas, no hay problema. Si me presté hace años para comprar un terreno y ahora quiero construir, la garantía seguirá siendo el mismo inmueble”.

Certificado de No Propiedad es otorgado por Derechos Reales

La Dirección Nacional de Derechos Reales emite el Certificado de No Propiedad, este documento permite a las entidades financieras verificar si una persona tiene o no un inmueble para acceder al crédito de vivienda de interés social. El anuncio lo hizo el 19 de febrero de 2014 la entonces directora ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Lenny Valdivia.

Gobierno no descartó regular los precios en la construcción

El Ejecutivo considera que con la demanda de los créditos de vivienda de interés social sin cuota inicial en la banca los precios de las casas bajarán y se adaptarán a este tipo de préstamos. Sin embargo, no descarta regular los precios en el sector de la construcción. “Nunca hay que descartar el tema de que se pueda regular los precios”, sostuvo el viceministro Mario Guillén el 7 de abril.

El 88% de los que tienen un salario gana menos de Bs 5.000

El 88% de la gente que percibe un salario en el país y aporta a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) percibe un salario inferior a Bs 5.000 y es a esas personas a las que el Gobierno quiere llegar con el crédito de vivienda de interés social, informó el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén. “Es la gente que hoy está buscando una vivienda propia”, manifestó.

1 comentario:

  1. Si accedo al crédito de vivienda y finalizo los pagos de este crédito, puedo heredarla o venderla???

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