martes, 27 de marzo de 2012

Los inquilinos no podrán adueñarse de un inmueble

Las personas que viven en una vivienda en condición de vigilantes o cuidadores o inquilinos, en base a contratos de anticrético o alquiler, no podrán adueñarse del inmueble, a pesar de que haya estado bajo su custodia. Así lo establece el anteproyecto de Ley de Regularización de Derecho Propietario de Inmuebles Urbanos que elaboró el Ejecutivo en colaboración de las juntas vecinales del país.

El documento fue presentado ayer en el Palacio de Gobierno en presencia de la Confederación Nacional de Juntas Vecinales (Conaljuve) y autoridades de Gobierno como el ministro de Obras Públicas, Vladimir Sánchez y el presidente Evo Morales. El documento tiene el objetivo de solucionar el tema derecho propietario en todo el país.

60% de propietarios sin titulación legal. El ministro Sánchez destacó los puntos sobresalientes de la normativa que será enviada a la Asamblea Legislativa en los próximos días. Según la autoridad, al menos el 60% de las personas propietarios de inmuebles no cuentan con la titulación legal de terrenos. En ese sentido, hizo conocer quiénes pueden y no beneficiarse de este documento.

“Dentro el proceso de regularización no entran bienes inmuebles que están en calidad de prenda, que han sido arrendadas, alquiladas, en comodato, anticresis, u otras formas. Tampoco en los casos que estas viviendas se hayan dejado a personas de guardias, de vigilantes o de cuidadores”, advirtió el ministro de Obras Públicas.

Derecho propietario urbano. El avasallamiento a predios del ingenio San Aurelio en Santa Cruz –que se suma a otros actos similares en otras regiones del país– puso en la agenda de debate el tema de la propiedad urbana. Para el efecto, conviene recordar que la Constitución Política del Estado establece que toda “persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada que dignifiquen la vida familiar y comunitaria”; que el Estado debe ejecutar planes de vivienda social. Además, garantiza el derecho a la propiedad privada individual o colectiva, “siempre que esta cumpla una función social” y que el “uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo”. Finalmente, que la “expropiación se impondrá por causa de necesidad o utilidad pública”, pero que la propiedad inmueble “no está sujeta a reversión”.

Detallles
Requisitos y saneamiento del 60% de las viviendas en el país

Derecho. El ministro también explicó que uno de los requisitos para obtener el derecho propietario es la existencia de una declaración testificada y voluntaria ante el notario de Fe Pública del tiempo y el lugar de la posesión de la vivienda.

Saneamiento. El ministro de Obras Públicas, Servicios Básicos y Vivienda, Vladimir Sánchez, aseguró que el anteproyecto de ley de Regularización del Derecho Propietario sobre bienes inmuebles urbanos saneará al menos el 60% de las viviendas en todo el país. Asimismo, se resolverán errores técnicos en la inscripción de Derechos Reales.

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