Así como la “Ley Municipal Transitoria y Excepcional de Regularización de Edificaciones” estableció qué propiedades se beneficiarán con la amnistía, también elaboró una “lista negra” de viviendas que están vetadas de esta regularización.
Por tanto, en propiedades que enfrenten siete situaciones (detalladas en el artículo 18 de la ley, bajo el capítulo “Restricciones”) esta ley no podrá aplicarse.
La primera, según el jefe del departamento de normas urbanas y rurales del municipio de Cochabamba, Daniel Iriarte, en principio, esta ley transitoria no beneficiará a edificaciones que se hayan construido o ampliado de manera posterior a la promulgación de la misma.
Iriarte explicó que al anoticiarse de la amnistía, ciertas personas “construyen noche y día” sus edificaciones para luego regularizarlas dentro el plazo fijado, no obstante la finalidad de la ley no es fomentar esta ilegalidad.
La segunda restricción para no acogerse a la amnistía es para aquellas propiedades que, además de construirse luego de la promulgación de la ley, están fuera de norma.
Si algún propietario es descubierto accionando de esta manera, se lo sancionará conforme indica el vigente “Reglamento de Sanciones y Contravenciones a Disposiciones Municipales”.
La tercera es para aquellos que, pese a estar dentro de la norma, no tienen planos aprobados y construyeron después de la promulgación de la “Ley Municipal Transitoria y Excepcional de Regularización de Edificaciones”. Los dueños serán amonestados en el marco de dicho reglamento.
INVASORES
La cuarta restricción está establecida en el artículo 18 que indica que la ley no tiene alcance a: “Edificaciones fuera rasante o la línea municipal, invadiendo vías o pasajes de propiedad municipal”. Al respecto, la presidenta del Concejo Municipal, Beatriz Zegarra, indicó que la normativa establece que una instancia controlará a propiedades que estén, por ejemplo, sobre una faja jardín y las notificará como ilegales.
Un quinto factor que impide acogerse a esta ley se da cuando una edificación ocupa espacios de dominio público como áreas verdes, de equipamiento, plazas, parques, áreas forestales, aires de río, franjas de seguridad o similares, según indica el artículo 18.
A propósito de esta restricción, Iriarte indicó que la ley admite la refuncionalización, esto quiere decir que si sucede que el muro de una construcción invade la acera (que se supone que es un espacio de circulación peatonal), pero existe la posibilidad de que sea derribado y posteriormente adecuado a la normativa. La regularización está permitida.
El sexto factor de rechazo es a “Edificaciones ubicadas en áreas de áreas de riesgo, en conos de aproximación del aeropuerto con alturas mayores a las determinadas por la Dirección General de Aeronáutica Civil”.
La séptima razón es la exclusión de esta ley transitoria de las propiedades en riesgo de colapso o sin estudio de suelos, ensayos que demuestren la resistencia del hormigón y el Certificado de Estabilidad Estructural correspondiente, respaldado por el recálculo de la estructura. Esto quiere decir, según Zegarra, que los edificios que estaban proyectados para ser, por ejemplo, de cinco pisos, pero excedieron esa cantidad de niveles y ahora pretenden beneficiarse de la amnistía serán sometidos a estudios que determinen si realmente están lo suficientemente preparados para ser habitados.
Zegarra considera que esta ley transitoria debería beneficiar únicamente a la gente pobre que no contrató a profesionales para hacer construir su vivienda y edificó solo con fines habitacionales. En cambio, los dueño de edificios, casi siempre requieren los servicios de arquitectos y si construyen más pisos de los admitidos en sus planos, están conscientes de ello.
Suspenden las demoliciones
Tras la promulgación de la “Ley Municipal Transitoria y Excepcional de Regularización de Edificaciones”, el municipio dispuso transitoriamente que se suspendan todos los procesos de demolición de propiedades (que no estén invadiendo predios municipales) para que se acojan a esta ley.
Condonación luego de una década
Una amnistía como la que establece la “Ley Municipal Transitoria y Excepcional de Regularización de Edificaciones” se promulgó luego de casi una década en Cercado, según el jefe del departamento de impuestos a la propiedad de la Alcaldía, Willy Soria. Agregó que esta es una política municipal.
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